¿Quiénes están obligados a declarar?
La DIAN establece varios topes. Basta con cumplir una sola de estas condiciones para estar obligado a presentar la declaración: • Patrimonio bruto: Mayor a 4.500 UVT ($211.792.500) a 31 de diciembre de 2025.Ingresos totales: Superiores a 1.400 UVT ($65.891.000) en el año.Consumos con tarjeta: Mayores a 1.400 UVT ($65.891.000).Compras y consumos: Totales superiores a 1.400 UVT ($65.891.000).Consignaciones bancarias: Superiores a 1.400 UVT ($65.891.000) Martínez recordó que no todos los movimientos de Nequi, Daviplata o cuentas bancarias se consideran ingresos, por lo que es necesario depurar la información. La DIAN controla estos datos a través de la información exógena que reportan empresas y personas naturales.Sanciones por no declarar o hacerlo tarde
La sanción mínima por incumplimiento es de 524 mil pesos. Declarar no necesariamente implica pagar impuesto, pero si la declaración genera un valor a cargo y se presenta de forma extemporánea, se deben pagar intereses, el impuesto dejado de cancelar y la sanción mínima. Un solo día de retraso ya genera la sanción, señaló el contador. El funcionario invitó a los ciudadanos a verificar la información exógena que les fue reportada, revisar sus propias operaciones y acudir a un contador de confianza para determinar si están obligados y presentar la declaración dentro de los plazos establecidos.Redacción: Carlos Andrés Solano Periodista Matinal Noticias Boyacá