Orientaciones que deben tener en cuenta los actores del sector educativo en Boyacá para la modalidad de trabajo
La secretaria de Educación de Boyacá, Luz Marina Cruz Vargas, dio a conocer una serie de orientaciones para enfrentar el reto de la educación por parte de los diferentes actores del sector en el departamento.
En primera instancia explicó, que en la actualidad, no existe ninguna restricción nacional y/o departamental para que directivos docentes, docentes y funcionarios administrativos puedan realizar sus actividades laborales de manera presencial.
La funcionaria explicó, que debe tenerse en cuenta que el personal docente o administrativo que presenta comorbilidades de base y/o son mayores de 60 años, debe ser priorizado para ser ubicados por parte del rector en los turnos o en cualquier otra forma de organización del trabajo, de tal manera que se garantice el contacto mínimo con los demás miembros de la comunidad educativa, o se les asigne, dentro de lo posible, actividades o tareas de trabajo en casa.
De esta forma, se indica que dichas personas pueden realizar sus labores de manera presencial, así mismo bajo responsabilidad individual frente al autocuidado, el de su familia y de la comunidad educativa, cumpliendo los protocolos de bioseguridad (manejo adecuado de tapabocas, distanciamiento físico, lavado frecuente de manos).
Además, que si un integrante de la comunidad educativa convive con personas mayores de 60 años y/o con personas con enfermedades preexistentes de alto riesgo para el COVID-19 o con personal de servicios de salud, debe extremar las medidas de precaución, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 16 de la Resolución 3282 de 2020 (modificado mediante el artículo 6 de la Resolución 1241 de 2021) expedida por la Secretaría de Educación de Boyacá.
Se recuerda que, debe atenderse la Circular No. 003 de 18 de enero de 2021 expedida por la Secretaría de Educación de Boyacá, en su numeral 3, correspondiente: “Directrices sobre la modalidad de trabajo a partir del 18 de enero de 2021” donde se señaló lo siguiente:
“Los funcionarios administrativos asistirán presencialmente con el debido cumplimiento de los protocolos sanitarios establecidos en la Resolución 3282 de 2020 y otras.”, directriz indica igualmente mediante Circular No. 011 de 01 de febrero de 2021 expedida por la Secretaría de Educación de Boyacá, donde se estableció: “Los funcionarios administrativos asistirán presencialmente con el debido cumplimiento de los protocolos de bioseguridad establecidos principalmente en la Resolución 3282 de 2020 expedida por la Secretaría de Educación de Boyacá y la Resolución 1721 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social.”
Así mismo, se indica que los directivos docentes y docentes (independientemente de su condición) deben retornar a sus labores de manera presencial bajo el modelo de alternancia, una vez se informe por parte del Comité Departamental de Contingencia que la sede de la Institución Educativa a donde se encuentran asignadas sus labores, ha sido aprobada para retornar a la presencialidad bajo el modelo de alternancia con estudiantes.
Los rectores de las instituciones educativas tienen autonomía para solicitar la presencia de los docentes en sus sitios de trabajo dentro de la fase previa al retorno a la presencialidad de los niños, niñas, jóvenes y adolescentes, siempre y cuando sea estrictamente necesaria la realización de alguna labor de manera presencial y garantizando el cumplimiento de todas las medidas de bioseguridad.
En todos los casos, es importante generar espacios de diálogo y alternativas con el Rector de la respectiva institución educativa como jefe inmediato, con el fin de organizar y ajustar de la mejor manera los horarios y modalidades de trabajo dispuestos en el modelo de Alternancia de la Institución Educativa, valorando las diferentes condiciones del personal Directivo docente, docente y administrativo de la Institución.
Se reitera que para todos los casos es obligatorio el cumplimiento de los lineamientos y medidas de bioseguridad dispuestas en la normatividad nacional y departamental vigente, principalmente lo establecido en la Resolución 1721 de 2020 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social; Resolución 3282 de 2020 y Resolución 1241 de 2021 expedidas por la Secretaría de Educación de Boyacá.
Finalmente dijo, que desde la Secretaría de Educación se reitera la disposición y compromiso para asesorar y acompañar el retorno a las instituciones educativas, con el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad requeridos para el efecto.
Estas orientaciones obedecen a la normatividad vigente a nivel nacional y departamental, y responden a la garantía del derecho fundamental a la educación de nuestros niños, jóvenes y adolescentes.