Presuntos favorecimientos ilegales, tienen en el ojo del huracán al Presidente del Tribunal Administrativo de Boyacá
Juristas coinciden en que el Magistrado Arciniegas debe separarse del cargo mientras avanzan las investigaciones alrededor de sus actuaciones dentro de la demanda que buscaba la nulidad electoral del alcalde de Tunja.
En los últimos días, se ha conocido detalles de lo que sería un nuevo capítulo alrededor de una demanda que se presentó en su momento buscando la nulidad electoral del alcalde de la ciudad de Tunja, Mikhil krasnov, demanda que luego fue retirada con la aprobación del Tribunal Administrativo de Boyacá; sin embargo, alrededor de ese proceso hay muchos datos, poco conocidos y que han sido revelados con el paso de las horas.
Una columna publicada el pasado 17 de marzo por el periodista Yohir Akerman de la Revista Cambio y que tituló «los milagrosos contratos del alcalde de Tunja» tienen en el ojo del huracán al hoy Presidente del Tribunal Administrativo de Boyacá, Magistrado Luis Ernesto Arciniegas Triana, el periodista señala que hay varias actuaciones del togado que generan suspicacia por aparentes favorecimientos al alcalde en las indagaciones de una demanda que llegó a las manos de Arciniegas Triana el 12 de diciembre del 2023.
«El 12 de diciembre fue asignado como ponente, esta vez, al magistrado Luis Ernesto Arciniegas Triana, también integrante del Tribunal Contencioso Administrativo de Boyacá. En su primera actuación inadmitió la demanda y pidió subsanación, argumentando que debían individualizar los actos demandados, es decir cuál hecho electoral se debía declarar nulo y precisar y aclarar las pretensiones» señala la Columna.
Dice el Periodista que en esa actuación no se hizo mención alguna a que el demandante era una persona jurídica, ni se indicó que debía actuar como persona natural o adjuntar la cédula de ciudadanía.
«El pasado 18 de enero, el magistrado Arciniegas Triana corrió traslado a las partes y dio cinco días para que hicieran pronunciamiento sobre la medida cautelar de suspensión de la elección. El alcalde Krasnov no respetó los términos y el 26 de enero se pronunció, de nuevo a título personal, en flagrante violación de la ley, por lo cual debió darse por no contestada, ya que se habían vencido los términos de esa respuesta.
Recordemos que los términos procesales son perentorios e improrrogables y no son susceptibles de ser establecidos a voluntad de los sujetos procesales, ni del juez, sino en virtud de los supuestos previstos en las normas procesales que los regulan y, por consiguiente, de obligatorio cumplimiento» detalla la Revista.
«El 7 de febrero el Tribunal Contencioso Administrativo de Boyacá no hizo eso, sino que le otorgó otros tres días más al burgomaestre para que se presentara con apoderado judicial y con eso argumentara su oposición a la medida cautelar del demandante, plazo que nuevamente el alcalde Krasnov incumplió.
El 23 de febrero el magistrado Arciniegas Triana, nuevamente, inadmitió la demanda, estableciendo que Asesorías y Representación Jurídica tenía que actuar como persona natural y no como persona jurídica. Y concedió tres días para que subsanara este aspecto, cosa que se cumplió.
Pese a eso, este 6 de marzo el magistrado rechazó la demanda básicamente por dos argumentos. El primero, porque el demandante no presentó la copia de la cédula. Segundo, porque había caducidad de la acción, es decir que ya habían pasado los 20 días que la ley concede para demandar la elección de un servidor público» refiere el periodista Yohir Akerman en su columna.
Es desde este punto que el nombre del Magistrado Arciniegas toma mayor fuerza dentro de posibles actuaciones irregulares, el 7 de febrero, la Alcaldía de Tunja firmó el proceso de contratación con la abogada Diana Alejandra Ibáñez Rodríguez, para la prestación de servicios profesionales por el valor de $20.400.000 pesos para un plazo de cinco meses, revela la Revista.
Esto no sería más que una anécdota si no es porque la joven abogada nacida en Paipa, el 21 de septiembre de 1996, es decir, hace 28 años, hizo la judicatura con el magistrado Luis Ernesto Arciniegas Triana, y es la madre de una niña que tuvo hace dos años con él. Sí, el mismo que resolvió el caso del alcalde Krasnov a su favor.
Ante estas revelaciones que generan escándalo en el Tribunal que imparte justicia más grande de Boyacá, el presidente nombrado varias veces en la publicación Luis Ernesto Arciniegas Triana emitió un comunicado confirmando que efectivamente había tenido una relación con la abogada contratada por el alcalde Krasnov y fruto de esa relación tenían una niña, a su parecer, dice el comunicado, esto no es causal para haberse declaro impedido en el estudio de la demanda, «Es cierro que la abogada Diana Alejandra lbañez Rodríguez celebró un contrato de prestación de servicios con el mun1c1p10 de Tunja. Sin embargo. No Intervine directa o indirectamente en la celebración de ese contrato. De
hecho, al tener conocimiento del citado contrato y a la luz de lo establecido en el artículo 130 del CPACA, no me declare impedido para seguir conociendo del referido proceso electoral por considerar que no estoy incurso en las causales de impedimento allí regladas. En particular, lo prevista en el numeral 6•,dado que la abogada Diana Alejandra Ibáñez Rodríguez no es, ni ha sido mi cónyuge o compañera permanente con la que tenga una comunidad de vida de carácter singular con efectos patrimoniales» dice parte del comunicado.
Pero otra cosa piensan juristas en el departamento de Boyacá, consultando al Doctor Yesid Figueroa ha señalado que este escándalo le hace mucho daño a la ética del Tribunal, «Es un escándalo supremamente grave que debe tener consecuencias en la administración de justicia en el departamento de Boyacá específicamente para evitar que una institución como el tribunal sea censurado y gana el desprestigio que actualmente, tiene la Cámara de Comercio por hechos de corrupción que se han decantado en los diversos medios de comunicación, el magistrado Arciniegas debiera retirarse del cargo de manera inmediata mientras se adelantan las investigaciones a las que haya lugar, porque en mi criterio él si estaba incurso en un impedimento y tenían la obligación legal y constitucional de declararlo dentro de la sala que conoció el proceso de acción de nulidad contra el alcalde que conlleva su rechazo por supuestamente no haber sido subsanada. El impedimento que se configura está claramente establecido en la ley y versa sobre contratos, relaciones contractuales que tengan no necesariamente con compañeros permanentes, cónyuges sino, con parientes del juez, del magistrado y la abogada madre de su hija menor tiene una relación por supuesto como madre con el magistrado, entonces ahí estaría configurado el impedimento» señaló el Doctor Yesid Figueroa en diálogo con este noticiero.
Para el Abogado Yesid, con las pruebas y datos revelados por la Revista se podría decir que hay presuntos actos de corrupción, de tráfico de influencias y sobre todo el prevaricato por omisión al no haberse declarado impedido el Magistrado, cuando tenía un conflicto de intereses respecto a la madre de su hija que está laborando en el municipio de Tunja, teniendo como nominador al alcalde que estaba siendo demandado en el proceso.
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