Audiencia pública ambiental del proyecto «Área de Perforación Exploratoria COR15» que se debía realizar mañana 15 de febrero fue suspendida a causa de medida cautelar ante la admisión de acción de Tutela.

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Mediante Auto Interlocutorio Civil No. 003 del 4 de febrero de 2021, el Juzgado Promiscuo de Familia de Santa Rosa de Viterbo, admitió una acción de tutela instaurada por la Doctora Nancy Silva Cely, en calidad de Personera Municipal de Corrales, en contra de la AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES -ANLA-, y la empresa MAUREL & PROM COLOMBIA B.V., en la que se solicita el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y a la participación efectiva.

 

En la misma providencia, el Juzgado Promiscuo de Familia de Santa Rosa de Viterbo además de la admision, accedió a la petición de la medida cautelar de suspensión de la Audiencia Pública Ambiental y en consecuencia ordenó la suspensión provisional de la audiencia pública en desarrollo del trámite administrativo iniciado por la solicitud de Licencia Ambiental para el proyecto «Area de Perforación Exploratoria COR-15 programada para el dia 15 de febrero del año en curso y minimo hasta el dia primero de marzo de 2021, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 005 del 16-01-2021, mediante el cual la Alcaldia Municipal de Corrales, decreto el aislamiento selectivo con distanciamiento Individual.»

 

Con sustento en esta decisión, la ANLA procedió a suspender la celebración de la audiencia pública ambiental ordenada mediante Auto 10578 del 3 de noviembre de 2020, que fue notificada el dia 4 de febrero de 2021 a esta entidad.

Estas son las disposiciones del auto 00416 emitido por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA.

ARTİCULO PRIMERO. Suspender con fundamento decisión judicial proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia de Santa Rosa de Viterbo, mediante Auto del 4 de febrero de 2021, dentro de la acción de tutela con radicación número 2021-00004-00, la celebración de la Audiencia Pública Ambiental programada para el lunes 15 de febrero de 2021, y minimo hasta el dia primero de marzo de 2021, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 005 del 16-01-2021, mediante el cual la Aicaldia Municipal de Corrales, decreto el aislamiento selectivo con distanciamiento individual». Audiencia Pública Ambiental que fue ordenada mediante el Auto 10578 de 3 de noviembre de 2020, en desarrollo del tramite administrativo de solicitud de licencia ambiental del proyecto «Area de Perforación Exploratoria COR-15

ARTİCULO SEGUNDO. Comunicar el contenido del presente acto administrativo, al representante legal, apoderado debidamente constituido o a la persona debidamente autorizada por la sociedad MAUREL & PROM COLOMBIA B.V. de conformidad con los articulos 87 y 69 del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo

ARTICULO TERCERO. Comunicar el presente acto administrativo al Juzgado Promiscuo de Familia de Santa Rosa de Viterbo

ARTICULO CUARTO. Comunicar el presente acto administrativo a la Procuraduria General de la Nación, a la Defensoria del Pueblo y al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

ARTICULO QUINTO. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a la Corporación Autónoma Regional de Boyacá – CORPOBOYACA, al Personero del municipio de Tasco en el departamento de Boyacá, a la Asociación de Acueductos Comunitarios de Tasco, el Instituto Latinoamericano para una Sociedad y un Derecho Alternativos – ILSA, la Corporación Greenpeace Colombia, la Corporación de servicio a proyectos de desarrollo – PODION y la Corporación Guaman Poma, en calidad de solicitantes de la Audiencia Pública Ambiental

ARTICULO SEXTO, Comunicar el contenido del presente acto administrativo a los Personeros de los municipios de Betéitiva, Busbanza y Corrales en el departamento de Boyaca

ARTICULO SÉPTIMO. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a:

(Personas determinadas)

ARTICULO OCTAVO. Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA disponer la publicación del presente acto administrativo en la Gaceta ambiental y en la pagina web de esta entidad.

Es pertinente señalar que, contra el presente acto administrativo, no procede recurso alguno de acuerdo con lo establecido en el articulo 75 del Codigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Dentro de las actividades administrativas funcionales.

 

Se espera un fallo de fondo por parte del Juzgado Promiscuo de Familia de Santa Rosa de Viterbo, por ahora está suspención se mantendría hasta que estén vigentes las medidas de aislamiento selectivo con distanciamiento individual decretadas por el municipio de corrales, medidas que actualmente están vigentes hasta el 31 de marzo de 2021.

Descarga el auto 00416:

06-02-2021-anla-auto-416-del-5-02-2021-suspende-audiencia

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