Estas son las reacciones al fallo de Juzgado de Duitama sobre el proceso de recolección de residuos sólidos

 Estas son las reacciones al fallo de Juzgado de Duitama sobre el proceso de recolección de residuos sólidos

Foto: Urbaser Duitama

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“Se han protegido los derechos e, intereses colectivos, logramos a lo largo del proceso judicial, demostrar que anterior e incluso, a la fecha, la empresa Urbaser no ha venido disponiendo de manera adecuada los residuos inorgánicos y orgánicos de los centros poblados de Duitama”, dijo, Zamir Hernán Silva, personero de Duitama respecto al fallo del Juzgado Segundo Civil de Circuito de Duitama.

Según, la decisión del Juez, la empresa, tiene que organizar, en un término de 15 días hábiles, la correcta recolección de basuras en los centros poblados rurales de la ciudad, para poder continuar adelantando los cobros del servicio, que actualmente llegan junto con el recibo de la luz a los domicilios de los duitamenses.

“Antes de cobrar cualquier servicio, la empresa debe adelantar y remover los obstáculos existentes para posibilitar la prestación de servicio del aseo de manera adecuada, es decir, casa a casa”, mencionó Zamir Hernán Silva, en entrevista con Matinal Noticias.

 

De acuerdo con el proceso adelantado, se determinó que no basta la ubicación de contenedores en distintos puntos de las zonas verdales o rutas del carro recolector que realiza por estos terrenos, donde sean los usuarios quienes lleven los residuos que producen, pues si se les está cobrando un servicio de aseo, este debe garantizar la recolección domiciliaria.

 

“Así se deben prestar los servicios de Urbaser en los centros poblados, es el proceso que estamos adelantando y que falló a favor de la comunidad, con esta providencia que protege los derechos colectivos de la gente”, mencionó Silva.

Es así, que, entre tanto, no se defina el procedimiento que garantice la correcta disposición, no se le podría exigir a las comunidades rurales, el pago del costo del aseo, el asunto se complica en la ciudad, debido a que actualmente, dicho servicio viene incluido en la factura de la energía eléctrica.

 

“Si bien es cierto que en Colombia no se puede prestar ningún servicio de manera gratuita, la ley también versa que se debe prestar con calidad, y pertenencia, más allá de querer con esto que no se apliquen los cobros, lo que se requiere es remover cualquier obstáculo para que el servicio Urbaser se preste de manera eficiente y efectiva”, dijo el Personero de Duitama.

 

Según lo establecido en el fallo, la personería estará a cargo de verificar el cumplimiento de las órdenes legales, a su vez, Urbaser deber presentar un informe con respecto a la corrección de las fallas para así poder facturar el servicio.

“Si pueden cobrar si realizan el servicio puerta a puerta de la recolección de residuos en los centros poblados”, mencionó Silva

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Por su parte Urbaser Duitama ratifica que según fallo en primera instancia proferido por el Juzgado Segundo Civil del circuito el cobro de aseo en centros poblados es legitimo y está reglamentado.
«El Juzgado Segundo Civil del Circuito de Duitama ordenó continuar con la prestación del servicio público de aseo para todo el municipio incluyendo a los habitantes de los centros poblados Cogollo, San Pedro, Campo hermoso, San Carlos, San Antonio Norte, Tocogua y San Luis, de manera eficiente en protección de los derechos e intereses colectivos.
• Urbaser Duitama S.A. E.S.P., debe entregar las facturas por el cobro del servicio público de aseo a cada uno de los inmuebles donde efectivamente se presta el servicio.
• El juez llama a la comunidad a que contribuya y facilite la prestación del servicio público de aseo y hace especial énfasis en que los servicios públicos domiciliarios no son gratuitos, ni se puede impedir su prestación, facturación y cobro», señala la empresa de servicio de aseo.
Por: Dolly Parra – Periodista Sistema Informativo Matinal Noticias 

Redacción Matinal Noticias

http://www.matinalnoticias.com

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