‘Tatequieto’ al negocio de grúas y parqueaderos con las motos, proyecto de ley deja claro en que casos se pueden inmovilizar

Por supuesto que las reacciones sobre este proyecto han aparecido en distintas consideraciones. Foto: Archivo Particular
El proyecto propuesto por un Senador Liberal logró superar los cuatro debates en Cámara y Senado, y está a espera de la sanción del Presidente, Gustavo Petro.
En plenaria del Senado de la Republica fue aprobado el Proyecto de Ley 310 de 2023 que pretende modificar la Ley 769 de 2002, con una ponencia y coautoría del Senador santandereano de En Marcha, Gustavo Adolfo Moreno Hurtado.
Este proyecto tiene como fin, buscar la igualdad sancionatoria para carros y motos, en otras palabras, las motocicletas dejarían de ser inmovilizadas por cualquier infracción. El proyecto deja claro que las motos solo se podrán inmovilizar cuando tengan vencido el SOAT o la revisión tecno mecánica, o carezcan de esas obligaciones.
Conforme a cifras de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia, aproximadamente el 90% de las ventas de motos durante el año 2022 fueron usadas como herramienta de sustento económico. Asimismo, ese año, se registraron 18.082.451 vehículos ante el RUNT de los cuales 10.937.652 eran motocicletas, 61% del Parque Automotor Nacional.
Gustavo Adolfo Moreno, el senador dijo “es injusto e inequitativo que el tipo de sanción que se aplica para las mismas infracciones sea diferente para las motocicletas a la de los automóviles. Actualmente, las motocicletas son inmovilizadas de manera inmediata hasta que paguen el respectivo comparendo, no hay principio de igualdad”.
Además, aclaró que con este proyecto no cambiarán las infracciones que ya están establecidas, y que busca igualar la sanción de los motociclistas a la de los automóviles, lo que descarta uno de los literales de la ley: “En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre la imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito”.
El proyecto quiere modificar la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre. Específicamente pretende incidir en los artículos 135 y 136 (que indican los términos del proceso de inmovilización) y ciertos literales del 131. Debido a la desigualdad entre la inmovilización para motos y carros.
Del 131 propone modificar los siguientes literales, en los cuales todos especifican «En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización hasta tanto no se pague el valor de la multa o la autoridad competente decida sobre su imposición en los términos de los artículos 135 y 136 del Código Nacional de Tránsito».
- D.3. Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
- D.4. No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.
- D.5. Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
- D.6. Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
- D.7. Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.
El senador Gustavo Moreno mencionó “El Código Nacional de Tránsito Terrestre, expedido en julio de 2002 atiende a una realidad distinta a la que tenemos hoy en el país con respecto a las motocicletas. Es nuestro deber garantizar la igualdad de condiciones tanto para los automóviles como para las motocicletas que transitan por las vías del país de manera legal, con una licencia de conducción vigente”.
Es así como con esta aprobación, el proyecto de ley de autoría del Senador Alejandro Alberto Vega Pérez del Partido Liberal, está a espera de conciliación y de la sanción del presidente Gustavo Petro para que sea ley de la República de Colombia.